Reglamento
REGLAMENTO REQUISITOS Y CONDICIONES “Teriyaki Combos”
TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES
Artículo 1. La oferta por tiempo limitado Teriyaki Combos pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3102711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como “Teriyaki Costa Rica”;
Artículo 2. La oferta por tiempo limitado Teriyaki Combos consiste en que por un tiempo limitado la siguiente oferta estará disponible.
Teriyaki Combos
Descripción de la promoción:
Esta promoción permite escoger una de los siguientes opciones:
- Ensalada Thai
- Arroz Teriyaki con pollo
- Fideos pollo brócoli
Incluye una bebida regular.
Precio: ¢ 3,600
Artículo 3. Por el “Reglamento” entiéndase este documento por la “Oferta por tiempo limitado” la actividad promocional que aquí se regula, por “Participante” la persona física y jurídica que cumpla a satisfacción de la Empresa, con las condiciones establecidas por este Reglamento. Es decir, promoción válida únicamente para personas físicas y jurídicas.
Artículo 4. Pueden participar en esta promoción cualquier persona física y jurídicas. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.
RESPONSABILIDAD Y RESTRICCIONES
Artículo 5. Esta Promoción NO aplica en conjunto con otras promociones, descuentos, alianzas comerciales y canales de venta externos establecidas por Teriyaki Costa Rica.
Artículo 6. No aplica en plataformas de reparto como Uber Eats o Pedidos Ya.
Artículo 7. No es posible pagar con puntos de Smart Club.
Artículo 8. Imágenes con fines ilustrativos. No se permite hacer cambios de ingredientes ni productos.
Artículo 9. La oferta por tiempo limitado Teriyaki Combos, aplica únicamente para 4 restaurantes de Teriyaki Costa Rica, ubicados en Paseo Colón, Lindora, Multiplaza del Este y Multiplaza Escazú.
Artículo 10. El organizador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
Artículo 11. El organizador es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Teriyaki Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.
Artículo 12. Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.
Artículo 13. Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 4701-2825 o bien por correo electrónico a [email protected] La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.
REGLAMENTO REQUISITOS Y CONDICIONES “All You Can Eat Sushi”
TITULAR, EMPRESA Y PARTICIPANTES
Artículo 1. La promoción All You Can Eat Sushi pertenece a QZCR con cédula jurídica, 3-102-711695, empresa con domicilio en la ciudad de Alajuela, San Rafael, Ofibodegas del Oeste, bodega número quince, denominada para efectos del presente reglamento como “Teriyaki Costa Rica”
Artículo 2. Pueden participar en esta promoción cualquier persona física mayor de 16 años. Todos los Participantes de la presente Promoción deberán tener conocimiento de este Reglamento y, por lo tanto, conocer la forma de participar, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto a los beneficios. Para todos los efectos legales, el simple hecho de reclamar algún beneficio, se entenderá como una manifestación expresa de la voluntad de aceptación de todos los términos, condiciones y limitaciones del presente Reglamento. La Empresa podrá exigir que el Participante se adhiera a las cláusulas del Reglamento, mediante documento escrito o de manera verbal, y la negativa de este último a hacerlo exonerará a la Empresa de la obligación de entregar los beneficios y de cualquier responsabilidad relacionada.
Artículo 3. La promoción se aplicará únicamente de lunes a jueves del mes de mayo del 2023 con un horario de 3p.m. al cierre del restaurante.
Artículo 4. All You Can Eat Sushi, ofrece el beneficio de permitir al cliente consumir todo el sushi que quiera al cancelar el monto de ¢9.990 (nueve mil novecientos noventa colones exactos). Como regla nadie podrá compartir el sushi con otra persona que no haya cancelado la promoción; de lo contrario, esta persona deberá pagar también los ¢9.990 colones correspondientemente a la promoción.
Artículo 5. Esta promoción debe ser cancelada por adelantada en la caja antes de disponer a consumirla en la mesa.
Artículo 6. La promoción All You Can Eat Sushi aplica solo en los restaurantes con servicio a la mesa, durante el horario y los días mencionados anteriormente y que se detalla a continuación:
Restaurantes:
- Teriyaki Paseo Colón
- Teriyaki Lindora
Artículo 7. All You Can Eat Sushi no aplica en Food Court o Agregadores como Uber Eats y Pedidos Ya.
Artículo 6. No es posible pagar con puntos de Smart Club.
Artículo 8. El restaurante asignará un área específica dentro de sus instalaciones y no se permiten acompañantes en las mesas que no hayan comprado esta promoción.
Artículo 9. Se da por terminada la promoción al o a los clientes que abandonen las instalaciones del restaurante. El máximo de tiempo por cliente y por promoción será de 3 horas.
Artículo 10. El sushi se servirá en rollos (8 unidades de sushi). Se debe consumir obligatoriamente todas las piezas de sushi antes de servir un nuevo roll. No se podrán botar o guardar piezas completas o desechos de sushi. Tampoco se podrá empacar el sushi para llevar. El sushi debe consumirse por completo.
Artículo 11. No participan en esta promoción el sabor Bushi Kanikama, Crunchy Spicy Tuna, Tempura Kanikama ni el Rainbow. Esta promoción no incluye ningún otro producto que no se encuentre detallado en este reglamento.
Artículo12. El precio de la promoción es de ¢9.990, impuestos incluidos por persona.
Artículo 13. Esta promoción no aplica en combinación con ninguna otra oferta promocional, combo, alianza comercial o descuento.
Artículo 14. Teriyaki Experience Costa Rica se reserva el derecho de NO servir esta promoción a personas que presenten conductas inapropiadas. De la misma manera se suspenderá el consumo de dicha promoción a personas que presenten estas conductas, a pesar de que hayan cancelado, no se harán reintegros de dinero.
Artículo 15. Teriyaki Experience Costa Rica se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de los organizadores que pueda afectar el desarrollo de la promoción. La alteración de documentos e información sobre los participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
Artículo 16. Teriyaki Experience Costa Rica es responsable únicamente por la entrega de los beneficios indicados en este reglamento y por la aplicación del mismo. Cada participante será responsable del uso y disfrute del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: (a) gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el beneficio o para disfrutarlo, (b) cualquier daño que el participante pudiere sufrir disfrutando el beneficio, (c) daños sufridos a la integridad o bienes del participante o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del beneficio. Asimismo, liberan de toda responsabilidad al Organizador por cualquier accidente que pudiere sufrir durante el disfrute del beneficio, antes, durante y después de éste. Los Participantes son responsables de corroborar que ningún ingrediente y alimentos de Teriyaki Experience Costa Rica les pudiese producir alguna alergia y/o reacción no deseada en su organismo.
Artículo 17. Cualquier asunto o situación que se presente con la Promoción y que no se encuentre regulada por el presente Reglamento, será resuelto por la Empresa en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.
Artículo 18. Para mayor información o consultas se puede llamar al número (506) 40001366 o bien por correo electrónico a [email protected] La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.